RIESGO DE ASEGURAR PERSONAS NO ASEGURABLES o SIMULAR UNA RELACIÓN OBRERO PATRONAL.

RIESGO DE ASEGURAR  PERSONAS NO ASEGURABLES o SIMULAR UNA RELACIÓN OBRERO PATRONAL.
Las puede detectar el IMSS?
El I.M.S.S. en el ejercicio de sus facultades de comprobación, puede, principalmente,  en 2 momentos detectar el aseguramiento indebido de una persona: Al realizar una auditoria a la empresa o con menos probabilidades al momento de solicitar el trabajador la pensión y revisar sus antecedentes; en otros momentos, aunque no significa que no lo pueda hacer, es muy poco probable que esto suceda.
Que sucede si las detecta?
Derechos del trabajador
Si el IMSS advierte un aseguramiento indebido de una persona que no tiene relación obrero-patronal, la dará de baja (si es que está vigente) e invalidará todas las semanas que cotizó, pues si no existió el motivo para ser asegurable, también son inexistentes los derechos que se pudieran haber generado, como lo son, entre otros, las semanas cotizadas.

Posibles Cobros por servicios médicos al asegurado
Podrá además cobrar capitales constitutivos si esa persona recibió atención médica hospitalaria y/o quirúrgica, pues si no era sujeta de derechos, no tenía, valga la redundancia, derecho a atención médica y hospitalaria de ningún tipo, ni al pago de incapacidades o alguna otra prestación económica.

Devolución de cuotas indebidamente pagadas
Se puede pensar que si no procedía el aseguramiento y son nulos los derechos, entonces deben regresar todas las cuotas pagadas por esa persona, pero NO es aconsejable solicitar las cuotas que se pagaron indebidamente, pues el haber “engañado” al IMSS aunque haya sido involuntariamente, constituye delito de fraude, ya que el desconocimiento de una ley no exime a nadie de su observación y cumplimiento. Así es que siendo ya suficiente “ganancia” que el IMSS no proceda contra el patrón legalmente, no conviene se le provoque solicitándole devolución del pago de lo indebido.


Los casos de lo aquí comentado no son frecuentes, pero sí suceden y, de ser así, no tan solo el dinero pagado será irrecuperable, sino lo más importante: el tiempo, que ya en edad de pensión o posterior, además de irrecuperable es irreversible.

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