RIESGO DE ASEGURAR PERSONAS NO ASEGURABLES o SIMULAR UNA RELACIÓN OBRERO PATRONAL.
RIESGO DE ASEGURAR PERSONAS NO ASEGURABLES o SIMULAR UNA RELACIÓN OBRERO PATRONAL.
Las puede
detectar el IMSS?
El I.M.S.S. en el ejercicio de sus facultades de comprobación, puede,
principalmente, en 2 momentos detectar
el aseguramiento indebido de una persona: Al realizar una auditoria a la
empresa o con menos probabilidades al momento de solicitar el trabajador la
pensión y revisar sus antecedentes; en otros momentos, aunque no significa que
no lo pueda hacer, es muy poco probable que esto suceda.
Que sucede
si las detecta?
Derechos del trabajador
Si el IMSS advierte un
aseguramiento indebido de una persona que no tiene relación obrero-patronal, la
dará de baja (si es que está vigente) e invalidará todas las semanas que
cotizó, pues si no existió el motivo para ser asegurable, también son
inexistentes los derechos que se pudieran haber generado, como lo son, entre
otros, las semanas cotizadas.
Posibles Cobros por servicios médicos al asegurado
Podrá además cobrar
capitales constitutivos si esa persona recibió atención médica hospitalaria y/o
quirúrgica, pues si no era sujeta de derechos, no tenía, valga la redundancia,
derecho a atención médica y hospitalaria de ningún tipo, ni al pago de
incapacidades o alguna otra prestación económica.
Devolución de cuotas indebidamente pagadas
Se puede pensar que si no
procedía el aseguramiento y son nulos los derechos, entonces deben regresar
todas las cuotas pagadas por esa persona, pero NO es aconsejable solicitar las
cuotas que se pagaron indebidamente, pues el haber “engañado” al IMSS aunque
haya sido involuntariamente, constituye delito de fraude, ya que el
desconocimiento de una ley no exime a nadie de su observación y cumplimiento.
Así es que siendo ya suficiente “ganancia” que el IMSS no proceda contra el
patrón legalmente, no conviene se le provoque solicitándole devolución del pago
de lo indebido.
Los casos de lo aquí comentado no son frecuentes, pero sí suceden y, de
ser así, no tan solo el dinero pagado será irrecuperable, sino lo más
importante: el tiempo, que ya en edad de pensión o posterior, además de
irrecuperable es irreversible.
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