VIVO EN OTRO PAÍS. ME PUEDO PENSIONAR EN EL IMSS ?
VIVO EN OTRO PAÍS. PUEDO ASPIRAR A PENSIÓN EN EL I.M.S.S. SI ANTES DE SALIR DE MÉXICO COTICÉ UN TIEMPO COMO TRABAJADOR?
Es frecuente que personas que nacieron y trabajaron un tiempo en México, emigren a otros países en busca de mejores oportunidades de trabajo o de crecimiento personal o familiar. Durante el tiempo que trabajaron en México, fueron inscritos en el Instituto Mexicano del Seguro Social y cotizaron ante esa institución, habiendo creado ciertos derechos pensionarios que le son diferentes a cada quien dependiendo del año en fueron inscritos al IMSS como trabajadores y del tiempo que estuvieron cotizando antes de emigrar.
Lo interesante aquí es que pudieran ser elegibles a seguir cotizando ante el IMSS en la modalidad de Continuación Voluntaria y así, aún estando fuera del país continuar creando derechos para obtener una pensión, ya sea por Cesantía en Edad Avanzada o por Vejez y todavía aún más, si llegaran a fallecer antes de cumplir los años necesarios para una pensión por edad, dar la protección a su familia, dejándoles en todo caso una pensión por viudez y/o orfandad a sus seres queridos, quedando así cubiertas en todo o en parte sus necesidades económicas con la pensión en dinero y sus necesidades de servicios médicos y de salud que recibirían también del IMSS.
Bajo ciertas circunstancias, si el aspirante viene cada cierto tiempo a México, podría inscribirse - personalmente - en la continuación voluntaria al Instituto Mexicano del Seguro Social y así, alguien en su nombre podría estar efectuando los pagos que se requieren para cotizar, manteniendo vigente su derecho a pensión.
Si algún lector de este artículo está pensando en emigrar y, como se menciona en estas líneas, considera que puede encajar en la posibilidad de cotizar para una pensión, le sugerimos se cerciore antes de irse y dejar arreglado este trámite para que no pierda semanas de cotización al no quedar inscrito y no corra el riesgo de perder el derecho a seguir cotizando voluntariamente, pues aplican ciertas restricciones de tiempo para que pueda optar por esta modalidad de continuación voluntaria. Si ya se fue del país, pero sus condiciones le permiten ser elegible, lo podría hacer, como se menciona en el párrafo anterior.
Quedo en espera de sus comentarios.
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